1. ¿Por qué me pagan menos de lo que decía mi cotización?
Cuando pasas una cuenta de cobro como profesional independiente, la empresa pagadora actúa como agente retenedor. Por ley, deben retener un porcentaje (usualmente 10% u 11% por honorarios, o tarifas de la tabla de asalariados).
2. El truco legal que pocos independientes aplican: La carta del Art. 383
Si tus ingresos provienen de la prestación de servicios personales y no has contratado o vinculado a más de un trabajador asociado a tu actividad por más de 90 días continuos, puedes adjuntar a tu cuenta de cobro la manifestación juramentada del Artículo 383 del Estatuto Tributario.
Al aplicar esta tabla:
- Si tu cobro mensual es inferior a ~95 UVT, tu tarifa de retención en la fuente será 0%.
- Recibes el 100% de tu dinero sin descuentos anticipados excesivos.
3. La importancia de la Seguridad Social (Planilla PILA)
Para que las empresas te paguen legalmente y puedan deducir el gasto, te exigirán el soporte de pago de salud, pensión y ARL liquidado sobre el 40% del valor del contrato mensual (sin que la base sea inferior a 1 Salario Mínimo Legal Vigente).
